En caso de que la perra muriese durante su estancia en casa del tenedor
del semental, él se obliga, a sus expensas, a certificar la muerte y su causa
por un veterinario e informará de la manera más rápida posible al dueño
de la perra, de la muerte y de su causa.
En caso de que el propietario de la hembra la quisiera ver muerta, no
puede negarle este deseo.
En caso de que la muerte fuese causada por culpa del tenedor del
semental, este último está obligado al pago de daños y perjuicios al dueño
de la perra.
En caso de que no pueda serle reprochada ninguna falta, el propietario
de la perra deberá reembolsar el tenedor del semental todos los gastos
relacionados con la muerte de la perra.